COMISIONES PROVINCIALES DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE DEPORTE EN EDAD ESCOLAR DE ANDALUCIA

REGULACIÓN:

ORDEN de 9 de junio de 2009, conjunta de las Consejerías de Educación, Salud, y Turismo, Comercio y Deporte, por la que se determina la composición y régimen de las Comisiones de Seguimiento del Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía.

FUNCIONES:

1.ª Supervisar, coordinar, proponer y en su caso, adoptar las medidas necesarias que aseguren el mejor desarrollo y ejecución del Plan en cada provincia.

2.ª Recoger y facilitar a la Comisión de Seguimiento del Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía la información relativa a la ejecución del Plan en su respectiva provincia.

3.ª Aquellas otras que puedan encomendarle la Comisión de Seguimiento de Andalucía o la Consejería competente en materia de deporte.

COMPOSICIÓN:

a) Presidencia: La persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de deporte.

b) Vicepresidencia primera: La persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de educación.

c) Vicepresidencia segunda: La persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de Salud.

d) Vicepresidencia tercera: La persona titular del Área de Deporte de la Diputación Provincial correspondiente.

e) Vocalías:

1.ª Una persona Jefe o Jefa de Servicio de cada una de las Delegaciones Provinciales correspondientes de las Consejerías competentes en materia de Educación, de Salud, de Deporte y de la Diputación Provincial correspondiente o personas que les sustituyan, designadas por los titulares de las Delegaciones Provinciales respectivas y por la persona titular del Área de Deporte de la Diputación Provincial en este último caso.

2.ª Una persona representante de los municipios de la provincia correspondiente, designado por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.

3.ª Una persona representante de las Federaciones Deportivas Andaluzas en la provincia correspondiente designada por la Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas.

4.ª Una persona designada por la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de educación.

f) La Secretaría de la Comisión será ejercida por una persona funcionaria con adscripción al Área de Deporte de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de deporte, designada por la persona titular de dicha Delegación, pudiendo ser sustituida por cualquier otra persona que ostente tal condición y se halle adscrita al mismo órgano.