COMISION DE COORDINACION EN MATERIA DE RESIDUOS
REGULACION:
Decreto 73/2012, 22 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía
FUNCIONES:
Corresponden a la Comisión para la Coordinación en materia de residuos las siguientes funciones:
a) Impulsar la coordinación, cooperación y colaboración entre las administraciones públicas con competencias en materia de residuos.
b) Elaborar los informes, dictámenes o estudios que le sean solicitados por las entidades u órganos representados en la composición de la Comisión o a iniciativa propia.
c) Establecer recomendaciones sobre sostenibilidad y la eficacia de los flujos de gestión de residuos, exigencias de calidad del reciclado, así como sobre etiquetado.
d) Analizar la aplicación de la normativa en materia de residuos y sus repercusiones ambientales, sociales y económicas.
e) Analizar y valorar la información disponible en materia de residuos con objeto de mantener un conocimiento actualizado de la situación de los residuos en la Comunidad Autónoma en el contexto del Estado y de la Unión Europea.
f) Cualquier otra función de intercambio de información o asesoramiento en cuestiones relacionadas con los contenidos de este Reglamento.
COMPOSICION:
Presidencia:
- La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería con competencia en materia de medio ambiente
Vicepresidencia:
- La persona titular de la Dirección General con competencia en materia de residuos.
Vocalías:
- Siete en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con rango, al menos, de dirección general, de los cuales una corresponderá a la Consejería con competencia en materia de administración local, una a la Consejería con competencia en materia de obras públicas, unaa la Consejería con competencia en materia de salud, una a la Consejería con competencia en materia de agricultura y pesca, una a la Consejería con competencia en materia de turismo y comercio, una a la Consejería con competencia en materia de hacienda y una a la Consejería con competencia en materia de industria, a energía y minas, designados por los titulares de las mismas.
- Nueve representantes de los gobiernos locales designados por la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de mayor implantación