COMITÉ CONSULTIVO DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES.
REGULACION:
Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. (Se crea un Comité Consultivo adscrito a la Agencia cuyas funciones y composición se detallan).
FUNCIONES:
Corresponden al Comité Consultivo las siguientes funciones:
a) Asesorar a los órganos de gobierno y dirección de la Agencia en todas aquellas cuestiones y materias que le sean sometidas por la Presidencia o el Consejo Rector.
b) Conocer el anteproyecto del Presupuesto de explotación y del Presupuesto de capital.
c) Conocer el programa de actuación, inversión y financiación.
d) Impulsar la participación y proponer actuaciones para la coordinación, en los ámbitos propios de la competencia de la Agencia, entre los programas culturales de la Junta de Andalucía, las Corporaciones Locales y las organizaciones sindicales y empresariales.
e) Elaborar informes, dictámenes o propuestas relativas al desarrollo de las distintas manifestaciones culturales.
COMPOSICION:
a) Cinco personas en representación de la Agencia, de entre aquellas que pertenecen a los órganos de gobierno y dirección.
b) Dos personas en representación de las corporaciones locales, designadas a propuesta de la Federación Andaluza de de Municipios y Provincias.
c) Dos personas representantes de las organizaciones sindicales más representativas al nivel de la Comunidad Autónoma de Andalucía, designadas a propuestas de éstas.
d) Dos personas representantes de las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, designadas a propuestas de éstas.
e) Cuatro personas designadas por las personas titulares de las Consejerías competentes en materia de hacienda, administración pública, empleo y educación