COMISION CONSULTIVA DE LA EMPRESA PUBLICA DE EMERGENCIAS SANITARIAS

 

REGULACION:

            Decreto 88/1994, de 19 de abril, por el que se constituye la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias y se aprueban sus estatutos.

 

FUNCIONES:

a) Promover medidas a desarrollar en el ámbito de actuación de la Empresa, para resolver los problemas de las emergencias sanitarias.

b) Promover la participación ciudadana en el ámbito competencial de la Entidad.

c) Conocer e informar la Memoria anual.

d) Conocer e informar el anteproyecto de presupuestos de la Empresa Pública.

 

COMPOSICION:

Presidente: El director Gerente.

Vocales:

Cuatro, en representación de la Administración Sanitaria.

Dos, en representación de la empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

Un representante por cada una de las Organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad.

Un representante por cada una de las Organizaciones empresariales de mayor implantación en Andalucía.

Tres representantes de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias: uno por los Municipios de menos de 10.000 habitantes, otro por los de entre 10.000 y 50.000, y otro por los de más de 50.000.

Un representante por cada una de las organizaciones de Consumidores y Usuarios más representativas en el ámbito de la comunidad Autónoma de Andalucía.