GABINETE TÉCNICO DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.

REGULACIÓN:

Decreto 150/2002, de 14 de mayo, por el que se regula la composición y funcionamiento de la comisión de Coordinación de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


FUNCIONES:

a) El asesoramiento técnico en estas materias a la Comisión.

b) La elaboración de informes técnicos en estas materias sobre propuestas y disposiciones de carácter general y, en cualquier caso, sobre los proyectos de disposiciones municipales que incidan en horarios de apertura y cierre de establecimientos públicos.

c) Cuantas funciones les sea encomendada específicamente por la Comisión.


COMPOSICIÓN:

Compuesto de forma paritaria por personal perteneciente a las Administraciones Públicas intervinientes en la materia, correspondiendo a la Vicepresidencia Segunda la dirección del mismo, así como la determinación de su composición. Asimismo, y cuando por la referida Vicepresidencia Segunda se estime conveniente, se podrá invitar a personal perteneciente a la Administración General del Estado a través de la Delegación del Gobierno en Andalucía y, para materias específicas, a cuantos expertos se considere oportuno.