COMISION INTERDEPARTAMENTAL DE SALUD

 

REGULACION: 

            Decreto 247/1997, de 21 de octubre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Salud.

 

FUNCIONES: 

a)   Coordinar y concretar las líneas de trabajo de cada uno de los Departamentos implicados en la ejecución del Plan Andaluz de Salud y supervisar su cumplimiento. 

b)  Elaborar la memoria anual de evaluación de todos los objetivos del Plan Andaluz de Salud basándose en la metodología propuesta en el mismo y referida a los siguientes aspectos: 

Ejecución de actividades.

Pertinencia de los objetivos.

Análisis y evaluación de los resultados obtenidos. 

c)   Proponer al Consejo de Gobierno las adaptaciones necesarias para la formulación de los objetivos propuestos que posibiliten su máximo cumplimiento.

 

COMPOSICION: 

Presidida por el Consejero de Salud e integrada por los siguientes miembros: 

Vicepresidente: El Viceconsejero de Salud. 

Vocales: 

Por la Consejería de Salud: 

- El titular de la dirección General de Salud Pública y Participación.

- El titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud. 

Un representante, con rango de Director General designado por cada una de las restantes Consejerías que constituyen la Administración de la Comunidad Autónoma. 

Un Alcalde o Concejal designado por la Federación andaluza de Municipios y Provincias.