JURADO PREMIOS EDUCACIUDAD

REGULACION:

Orden de 20 de junio de 2.011, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios anuales “Educaciudad” a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía, y se efectúa la convocatoria para el año 2011.
 

FUNCIONES:

Corresponden al Jurado de los Premios Educaciudad, las siguientes funciones.
a) Evaluación de las solicitudes.

b) Propuesta provisional de resolución.

c) Propuesta definitiva de resolución que contemple la relación de los municipios distinguidos para el reconocimiento anual “Educaciudad” por su compromiso con la educación en Andalucía, o en su caso los declare desiertos si ninguna de las candidaturas reúne los requisitos suficientes.

 

COMPOSICION:

a) Presidencia: Persona titular de la Dirección General competente en materia de participación o persona en quien delegue.
Vocalías:
a) Una persona titular de la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa (AGAEVE), o persona en quien delegue.

b) Una persona en representación de la Dirección General competente en materia de administración local de la consejería competente en gobernación.

c) Una persona en representación de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP).

d) Un alcalde o alcaldesa de municipio de menos de 50.000 habitantes y un alcalde o alcaldesa de municipio de más de 50.000 habitantes, que no opten a reconocimiento, a propuesta de la FAMP. En sucesivas convocatorias dicha propuesta será realizada de entre los municipios que formen parte de red “Educaciudad”.

e) Dos personas de reconocido prestigio en el ámbito que nos ocupa, a propuesta de la Dirección General competente en materia de participación.

f) Persona titular del Servicio competente en materia de participación.

b) Secretaria: Una persona funcionaria de la Dirección General competente en materia de participación.