COMITÉ ASESOR REGIONAL DEL PLAN DE TERRITORIAL DE EMERGENCIA DE ANDALUCIA

 

REGULACION:

Acuerdo de 22 de noviembre de 2011, , del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Territorial de Emergencia de Andalucía.

 

FUNCIONES:

Corresponden al Comité Asesor las siguientes funciones:

a) Asistir a la dirección del Plan en la toma de decisiones en situaciones de emergencia.

b) Asesorar a la Dirección del Plan respecto de los medios y recursos, procedimientos o técnicas que resulten propias de los servicios dependientes de la administración, entidad o departamento al que se representa.

c) Constituir medio de interlocución entre la Dirección del Plan y la administración, entidad o departamento al que se representa.

d) Participar en la adopción de acuerdos respecto de aquellos asuntos que considere la Dirección del Plan.

e) Participar en la elaboración y en su caso implantación de planes de emergencia, procedimientos y protocolos de actuación en emergencia.

f) Formular propuestas respecto de aquellos asuntos cuya consideración se les someta.

g) Aquellas otras que le sean encomendadas por la Dirección del Plan.

 

COMPOSICION:

a) Titular de la Dirección General competente en materia de emergencias y protección civil.

b) Representante, con rango de Dirección General o equivalente, designados por las personas titulares de cada una de las Consejerías de la Junta de Andalucía.

c) Persona que ejerza la coordinación del Comité de Operaciones.

d) Representante de la Administración General del Estado.

e) Representantes de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.