COMISION DE COORDINACION DEL SISTEMA ANDALUZ DE ARCHIVOS

 

REGULACION: 

            Decreto 97/2000, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos.

 

FUNCIONES: 

a) Estudiar las experiencias y actividades desarrolladas por los diferentes archivos integrantes del Sistema Andaluz de Archivos. 

b) Proponer las mejoras relativas al funcionamiento del Sistema Andaluz de Archivos y al grado de comunicación existente entre los archivos integrantes del mismo. 

c) Realizar propuestas tendentes a la consecución de la mayor homogeneidad en la prestación del servicio a los usuarios.

 

COMPOSICION: 

Presidente: el titular o la titular de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico. 

Vicepresidencia: Un jefe o una jefa de Servicio del Centro Directivo cuyo titular ostente la Presidencia de la Comisión. 

Vocales: 

- Un o una representante del Ministerio de Educación y Cultura. 

- El director o la directora del Archivo General de Andalucía. 

- Un director o una directora de uno de los archivos de titularidad estatal y gestión autonomica, a propuesta del titular o de la titular del Centro Directivo que ostente la Presidencia de la Comisión. 

- Un director o una directora de uno de los archivos de titularidad autonomica a propuesta del titular o de la titular del Centro Directivo que ostente la Presidencia de la Comisión. 

- Dos directores o directoras o responsables, de los archivos de titularidad local, propuestos por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, debiendo corresponder, uno de ellos, a alguno de los archivos de las Diputaciones Provinciales de Andalucía y, otro, a un archivo municipal. 

- Un director o una directora de un archivo universitario a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades. 

- Un archivero o una archivera que ejerza sus funciones en cualquiera de los archivos privados integrados en el Sistema Andaluz de Archivos, a propuesta del titular o de la titular del Centro Directivo que ostente la Presidencia de la Comisión.